ENISA International Strategy

En un entorno digital cada vez más interconectado, la ciberseguridad trasciende las fronteras nacionales y exige una proyección internacional articulada, selectiva y alineada con los objetivos estratégicos de la Unión Europea. La cooperación exterior no se concibe como un fin en sí mismo, sino como un medio para fortalecer el nivel común de ciberseguridad dentro del territorio europeo. Por ello, toda interacción con terceros países y organizaciones internacionales debe responder al mandato jurídico establecido en el Reglamento de Ciberseguridad (CSA) y mantenerse dentro de los límites institucionales definidos por la Unión. En este marco, la acción internacional se estructura bajo un principio rector claro: avanzar la ciberseguridad europea respetando estrictamente el mandato legal. A partir de esta base, se establecen criterios que orientan la selección de socios, priorizando actores que compartan valores y relaciones estratégicas con la Unión. Asimismo, se excluyen compromisos que puedan resultar incompatibles con los intereses o metas políticas europeas. De este modo, la cooperación internacional no sustituye las competencias de los Estados miembros, sino que agrega valor a sus relaciones bilaterales y multilaterales.

Ahora bien, considerando que los recursos institucionales son limitados, la participación exterior se organiza en tres modalidades diferenciadas. En primer lugar, el enfoque limitado funciona como mecanismo predeterminado y se centra en intercambios ad hoc de información y buenas prácticas, sin asignación adicional de recursos. En segundo lugar, el enfoque de asistencia permite responder a solicitudes específicas de terceros países u organizaciones internacionales, siempre que exista coherencia con las políticas de la Unión y que la intervención aporte valor estratégico medible. Finalmente, el enfoque de proyección (outreach) implica una participación más activa y planificada, con posibilidad de destinar recursos específicos o establecer acuerdos formales, especialmente cuando existan marcos jurídicos previos que respalden dicha cooperación. Paralelamente, las modalidades de trabajo garantizan coordinación constante con la Comisión Europea y el Servicio Europeo de Acción Exterior. En determinados casos, se requiere aprobación previa conforme al artículo 42 del CSA, mientras que los compromisos que impliquen obligaciones financieras o jurídicas deben ser autorizados por el Consejo de Administración. Además, la rendición de cuentas se materializa mediante informes periódicos que evalúan el valor añadido de las actividades internacionales desarrolladas bajo los distintos enfoques.

En cuanto a las prioridades, la cooperación se concibe como una inversión de largo plazo cuyos resultados se consolidan progresivamente. Se mantienen arreglos de trabajo con Ucrania y Estados Unidos, adaptándolos a la evolución del panorama de amenazas y a las necesidades emergentes. De igual forma, se continúa el apoyo a diálogos cibernéticos con actores como el Reino Unido y la OTAN, así como la contribución técnica al Grupo de Trabajo de Ciberseguridad del G7. Estas acciones refuerzan la posición europea en foros estratégicos sin comprometer su autonomía institucional. Simultáneamente, se incorporan nuevas áreas de atención. Por un lado, se prevé el fortalecimiento de capacidades en los países candidatos de los Balcanes Occidentales mediante acuerdos de contribución con la Comisión. Por otro, se impulsa la exploración de vínculos con socios afines a escala global, ampliando redes de cooperación compatibles con los valores europeos. Además, se asume la administración y operación de la Reserva de Ciberseguridad de la UE en países asociados al Programa Europa Digital, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Solidaridad en Ciberseguridad.

En términos de gobernanza, la implementación recae en la Dirección Ejecutiva, que debe definir responsabilidades y adoptar medidas eficaces para ejecutar la estrategia. No obstante, se contempla una revisión antes de finalizar 2028 o cuando se actualice la estrategia general, lo que permite ajustes ante cambios tecnológicos o geopolíticos. La acción internacional se concibe como una extensión estratégica del mandato europeo en ciberseguridad. Mediante criterios de selectividad, coordinación institucional y evaluación de valor añadido, se busca consolidar una Europa confiable y resiliente frente a riesgos globales, articulando cooperación externa sin desbordar los límites jurídicos establecidos.

Para leer más ingrese a:

https://www.enisa.europa.eu/publications/enisa-international-strategy-2026

https://www.enisa.europa.eu/sites/default/files/2026-01/ENISA%20International%20Strategy.pdf

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