Updated REMIT framework strengthens trust in EU energy markets

La actualización de REMIT se sitúa como un refuerzo operativo del marco europeo para detectar y disuadir manipulación e insider trading en los mercados energéticos mayoristas. La revisión del reglamento realizada en 2024 se complementa ahora con una regulación de ejecución refundida y una nueva regulación delegada, ambas con entrada en vigor el 29 de abril de 2026. ACER explica que este ajuste busca mejorar transparencia y confianza en la integridad del mercado, al mismo tiempo que ofrece mayor estandarización del reporte de datos y una supervisión más fuerte sobre las entidades que participan en ese flujo de información. La actualización no se plantea solo como un cambio jurídico, sino como una adaptación a dinámicas de mercado más complejas y a nuevas obligaciones de monitoreo y divulgación. Además, ACER anunció una consulta pública entre el 16 de abril y el 12 de junio de 2026 para desarrollar una nueva guía de transaction reporting y acompañar la implementación gradual de los nuevos formatos y exigencias.

 

La carta abierta sobre la regulación de ejecución concreta ese cambio en obligaciones prácticas. Fue publicada el 9 de abril de 2026 y se dirige a todos los actores involucrados en reporte o notificación bajo REMIT, incluidos los participantes del mercado, RRMs, IIPs, organised marketplaces, trade-matching systems, PPAETs y autoridades regulatorias nacionales. El texto aclara que su objetivo es ofrecer orientaciones inmediatas antes de la publicación de guías adicionales más detalladas. El anexo organiza las preguntas y respuestas por bloques temporales, distinguiendo disposiciones que se aplican desde el 29 de abril de 2026, otras desde el 29 de octubre de 2027 y otras desde el 29 de abril de 2028, además de apartados específicos sobre exposure reporting e hidrógeno. Ese diseño escalonado es importante porque reduce incertidumbre operativa y permite a las entidades ajustar procesos, sistemas y gobernanza de datos con anticipación.

 

Uno de los cambios más relevantes está en la lógica de reporte. ACER resume tres focos inmediatos del reglamento refundido: nuevo exposure reporting, nuevos plazos de reporte y nuevas obligaciones para organised marketplaces. En la carta abierta se precisa además que el concepto de transacción incorpora cualquier trade, order to trade o bilateral contract relacionado con wholesale energy products, incluyendo lifecycle events como modificación, cancelación, corrección, terminación anticipada o ejecución cuando corresponda. También se redefinen los plazos: los contratos estándar deberán reportarse en dos días hábiles (T+2) y los no estándar en diez días hábiles (T+10), con el mismo T+2 para lifecycle events de contratos estándar. Este ajuste incrementa exigencia de trazabilidad y consistencia temporal del dato reportado, con efectos directos sobre sistemas internos de registro, validación y archivo.

 

La carta también aclara responsabilidades de calidad y conservación de datos. ACER recuerda que los OMPs deben conservar por al menos cinco años los datos reportados y que, cuando existan datos exógenos entregados por participantes de mercado para construir ese reporte, esos datos también deben mantenerse porque forman parte de la información reportada a la Agencia. Aunque no existe una obligación legal equivalente para que los market participants conserven esos datos exógenos, ACER señala que sigue siendo de su interés hacerlo, debido a que mantienen responsabilidad sobre integridad, exactitud y completitud de la información. Paralelamente, se subraya que el registro puede ser necesario incluso antes de que apliquen ciertas obligaciones de reporte, porque la obligación de divulgar inside information ya está vigente y es independiente del calendario de reporting. Esa aclaración cobra más relevancia con la ampliación del ámbito REMIT a productos como hidrógeno y almacenamiento.

 

La combinación entre la noticia principal y la carta abierta muestra una actualización orientada menos a introducir una sola obligación nueva y más a elevar la capacidad de supervisión continua del mercado mediante datos más estructurados, comparables y oportunos. En el plano institucional, ACER también destaca que la nueva regulación delegada establecerá procesos de autorización y supervisión para RRMs e IIPs, incluyendo periodos transitorios, requisitos de establecimiento en la Unión Europea y nuevas condiciones para sus clientes. En el plano operativo, la implementación futura incorpora reporting de exposición, previsiones de generación y consumo bajo requerimiento de ACER, y reporting de hidrógeno, cuyo registro debería iniciarse antes del 1 de julio de 2028 para quienes operen en ese mercado. Lo que emerge es una arquitectura de supervisión más densa, donde la confianza en los mercados energéticos europeos dependerá cada vez más de la calidad del dato, del cumplimiento oportuno y de la capacidad de cada actor para adaptarse a un régimen de reporte y divulgación mucho más exigente.

Para leer más ingrese a:

https://www.acer.europa.eu/news/updated-remit-framework-strengthens-trust-eu-energy-markets

https://www.acer.europa.eu/sites/default/files/REMIT/Guidance%20on%20REMIT%20Application/Open%20Letters%20on%20REMIT%20Policy/ACER-Open-Letter-REMIT-Implementing-Regulation-2026.pdf

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